Derecho Tributario·Fase I — Sustantivo

Principios constitucionales

Sección 2 de 17

PrincipioFundamento
Legalidad tributariaArt. 239 CPRG — solo el Congreso puede crear tributos.
Capacidad de pagoArt. 243 CPRG — el sistema debe ser justo y equitativo.
No confiscatoriedadEl tributo no debe agotar la fuente.
IgualdadMisma carga ante igual capacidad.
GeneralidadAplicación general (sin privilegios).
EquidadJusto reparto de la carga.
IrretroactividadSalvo materia favorable.
Solidaridad socialFunción social del tributo.
Reserva de leySolo la ley puede establecer tributos.

Art. 135 d) CPRG

Deber cívico de contribuir a los gastos públicos en la forma que dispongan las leyes.

Art. 239 CPRG (legalidad tributaria)

Solo el Congreso decreta impuestos, arbitrios y contribuciones especiales conforme a las necesidades del Estado y las condiciones del país.

Art. 243 CPRG (capacidad de pago)

El sistema tributario debe ser justo y equitativo. Las leyes tributarias deben estructurarse conforme al principio de capacidad de pago.