Derecho Tributario·Fase I — Sustantivo
Principales Impuestos
Sección 5 de 17
5.1 IVA — Impuesto al Valor Agregado (Decreto 27-92)
Tasa: 12% (general).
Hecho generador:
- Venta o permuta de bienes muebles.
- Prestación de servicios.
- Importación de bienes.
- Arrendamientos.
- Adjudicaciones.
- Retiros de inventario.
- Faltantes de inventario.
- Donaciones entre vivos no registradas.
- Aporte de bienes muebles a sociedades.
- Aporte o donación en pago.
- Venta de boletos en eventos.
Base imponible: precio de venta o valor de transacción.
Sujetos: contribuyentes inscritos en el régimen del IVA.
Régimen del Pequeño Contribuyente (Art. 45 LIVA): tasa 5% sobre los ingresos brutos para contribuyentes con ingresos menores a Q.150,000 anuales.
Documentos:
- Factura.
- Nota de débito / crédito.
- Recibo.
- Factura electrónica (FEL).
Retención del IVA: el contribuyente debe declarar mensualmente.
5.2 ISR — Impuesto Sobre la Renta (Decreto 10-2012)
Grava las rentas obtenidas en territorio nacional.
Categorías de renta
-
Renta de actividades lucrativas:
- Régimen sobre Utilidades: tasa 25% sobre la renta neta.
- Régimen Opcional Simplificado (sobre ingresos brutos):
- 5% sobre los primeros Q.30,000 mensuales.
- 7% sobre el excedente.
-
Rentas del trabajo en relación de dependencia:
- Escala progresiva del 5% al 7%.
- Q.48,000 anuales primer tramo (5%).
-
Rentas de capital y ganancias de capital:
- 10% sobre rentas de capital.
-
Rentas no domiciliados:
- Tasas variables según el caso (5%, 10%, 15%, 25%, etc.).
5.3 ISO — Impuesto de Solidaridad (Decreto 73-2008)
- Tasa: 1% sobre la base mayor entre activos netos o ingresos brutos.
- Pago trimestral.
- Acreditable contra el ISR.
- Aplica a personas jurídicas, individuales con actividades lucrativas y otros.
5.4 IUSI — Impuesto Único sobre Inmuebles (Decreto 15-98)
- Grava la propiedad de bienes inmuebles.
- Tasa progresiva desde 0.2% al 0.9% según el valor.
- Recaudado por las municipalidades (vía descentralizada).
5.5 Impuesto sobre Productos Financieros
- Aplica sobre intereses pagados o acreditados a personas no domiciliadas.
- Tasa: 10%.
5.6 Impuesto de Timbres Fiscales y Papel Sellado (Decreto 37-92)
- Tasa general: 3% sobre el valor del acto.
- Aplica a contratos, escrituras y otros documentos.
5.7 Otros impuestos
- Impuesto sobre Distribución de Bebidas Alcohólicas y Cerveza.
- Impuesto Específico a la Distribución de Cemento.
- Impuesto sobre Distribución de Petróleo Crudo y Combustibles.
- Impuesto sobre Circulación de Vehículos.